Contraloría - Dictamen N° 51216 2009
Dictamen sobre destinación de cónyuges funcionarios en Gendarmería y Estatuto Administrativo
Abstracto
La Contraloría determina que el silencio administrativo no aplica a solicitudes de destinación de cónyuges funcionarios si no generan procedimiento, y que la norma para evitar separaciones no rige si ya prestaban servicios en distintas ciudades.
Resumen
- El artículo 74 del Estatuto Administrativo (Ley 18.834) impide la destinación forzosa de un cónyuge funcionario si su pareja reside en la misma localidad, salvo que ambos sean trasladados simultáneamente.
- La prohibición de separar a cónyuges de una localidad compartida, establecida en el artículo 74 del Estatuto Administrativo, no aplica cuando ambos funcionarios ya ejercían funciones en ciudades distintas al momento de contraer matrimonio.
- En el presente caso, los funcionarios de Gendarmería que solicitaban reunirse ya estaban destinados a ciudades separadas al casarse, por lo que no era aplicable el artículo 74 para impedir su reubicación.
- La destinación y reubicación de funcionarios públicos es una facultad discrecional de la autoridad respectiva, que debe ejercerse ponderando l...
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