Contraloría - Dictamen N° 52029 2009
Interpretación artículo 44 Ley 15.076 sobre cómputo de guardias
Abstracto
Contraloría determina que el tiempo servido bajo el Código del Trabajo en municipalidades no computa para el beneficio de liberación de guardias de la Ley 15.076, al no ser aplicable a entidades privadas.
Resumen
- Solicitud de un profesional funcionario para determinar si el tiempo de servicio prestado bajo el Código del Trabajo es computable para obtener el beneficio de liberación de guardias nocturnas y días festivos, contemplado en el artículo 44 de la Ley N° 15.076.
- El beneficio de liberación de guardias, según el artículo 44 de la Ley N° 15.076, procede para profesionales funcionarios que, durante al menos 20 años, hayan desempeñado empleos que exigen guardias nocturnas y festivas permanentes, cumpliendo funciones de urgencia sistemática.
- La jurisprudencia de la Contraloría General, como en el dictamen N° 42.331/2009, ha establecido que el beneficio del artículo 44 de la Ley N° 15.076 no distingue si la prestación de servicios de guardia se efectuó en organismos del Estado regidos por dic...
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