Contraloría - Dictamen N° 52192 2009
Dictamen Contraloría: Régimen de previsión para pensionados reincorporados a la Defensa Nacional
Abstracto
La Contraloría determina que pensionados de la Defensa Nacional que previamente optaron por el DL 3.500/80 no pueden retornar a dicho régimen al reingresar al servicio, salvo excepciones específicas.
Resumen
- La Ley N° 18.458, publicada el 11 de noviembre de 1985, establece que los regímenes de previsión y de desahucio contemplados en textos legales anteriores, como el D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, solo se aplicarán a los funcionarios que menciona en su artículo 1º a partir de esa fecha.
- El artículo 3º de la Ley N° 18.458 indica que el personal no comprendido en su artículo 1º, que ingrese a las Instituciones, Servicios, Organismos y Empresas dependientes del Ministerio de Defensa Nacional, o que se relacionen con el Gobierno, quedará afecto al Sistema de Pensiones establecido en el D.L. N° 3.500, de 1980.
- El artículo 10º de la Ley N° 18.458 dispone que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros ...
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