Contraloría - Dictamen N° 56817 2009

Cálculo años de servicio para indemnización de altos directivos públicos

Abstracto

La Contraloría determina que para calcular la indemnización por cese de funciones de altos directivos públicos, se considera la totalidad de los años de servicio como funcionario, sin distinción de calidad jurídica, según ley 19.882 y Estatuto Administrativo.

Resumen

  • Consulta sobre Indemnización de Altos Directivos Públicos: El Servicio Agrícola y Ganadero consultó a la Contraloría General si, para el cálculo de la indemnización bajo el artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, se deben considerar todos los años de servicio del funcionario, independientemente de la calidad jurídica de su desempeño.
  • Normativa de Indemnización: La indemnización por cese de funciones de altos directivos públicos está contemplada en el artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, remitiendo su base de cálculo al artículo 148 (actual 154) de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
  • Base de Cálculo de la Indemnización: La indemnización se determina en base al total de las remuneraciones devengadas en el último mes por cada año de servicio en la in...

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