Contraloría - Dictamen N° 58172 2009

Dictamen Contraloría: Duración y Terminación de Contratos de Profesionales de la Educación en Reemplazo

Abstracto

La Contraloría determina que los contratos de profesionales de la educación en reemplazo no tienen plazo máximo legal y su término se rige por la naturaleza de las tareas, el retorno del titular o fecha fijada por decreto, según Ley 19.070 y 18.695.

Resumen

  • Los contratos de los profesionales de la educación que desempeñan labores docentes transitorias o de reemplazo de titulares no tienen fijado un plazo máximo de duración en la Ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación.
  • La terminación de las labores de un profesional de la educación en calidad de reemplazante ocurre por el solo ministerio de la ley, ya sea al reasumir el titular del cargo o al cumplirse una fecha determinada establecida por la autoridad.
  • La duración de las labores transitorias o de reemplazo de los profesionales de la educación está determinada por la propia naturaleza de las tareas encomendadas bajo tales modalidades.
  • Los decretos que establecen la fecha cierta y determinada para finalizar labores de reemplazo en el sector municipal deben someters...

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