Contraloría - Dictamen N° 60679 2009
Derecho a sueldo superior para empleado civil: uso de servicio en pensión
Abstracto
Empleado civil de la DGMN no tiene derecho a sueldo superior si el período de servicio en la FACH ya fue incluido en el cálculo de su pensión de retiro.
Resumen
- El beneficio de "sueldo superior" para empleados civiles de la Dirección General de Movilización Nacional se rige por el D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
- El artículo 182 del D.F.L. N° 1, de 1997, otorga a los empleados civiles el derecho a percibir sueldos superiores cada cuatro años de servicios válidos para el retiro.
- La aplicación del beneficio de "sueldo superior" está limitada por el artículo 182 del D.F.L. N° 1, de 1997, prohibiendo que la remuneración supere el grado de renta del cargo precedente al superior.
- Los artículos 77 y 78 de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, establecen los criterios para determinar los años de servicio válidos para el retiro.
- La jurisprudencia de...
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