Contraloría - Dictamen N° 61226 2009

Dictamen sobre calidad jurídica de caminos interiores en subdivisiones de predios rústicos

Abstracto

La Contraloría determina que los caminos interiores de una parcelación en Talagante, derivados de subdivisiones rústicas bajo DL 3.516, no son de uso público, ya que no se han incorporado formalmente al dominio nacional y la presunción del DFL 850 no aplica fuera de áreas rurales.

Resumen

  • El Director de Obras Municipales de Talagante consultó sobre la calidad jurídica de los caminos interiores de la parcelación El Naranjal, producto de subdivisiones de predios rústicos conforme al decreto ley N° 3.516, de 1980.
  • La Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo sostuvo que los caminos interiores de la parcelación constituyen espacios de uso público, basándose en la apreciación de vialidad en los planos originales.
  • Don Cristián Buzeta Roach, en representación de empresas agrícolas, argumentó sobre el carácter público de uno de los caminos interiores, el camino interior Carampangue.
  • La Contraloría General constató que los caminos interiores consultados se ubican en el área de extensión urbana de la comuna de Talagante, según el Plan Regulador Met...

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