Contraloría - Dictamen N° 61429 2009

Dictamen sobre reemplazo de taxi y pago de permiso de circulación.

Abstracto

Dictamen aclara que el permiso de circulación del taxi reemplazante debe pagarse en cualquier municipalidad, aun cuando el vehículo saliente tenga irregularidades en su permiso original, aplicando normas generales ante la imposibilidad de aplicar el artículo 73 bis del Decreto 212/92.

Resumen

  • El Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, creado por el artículo 2º del Decreto Nº 212, de 1992, funciona como un catastro global de las modalidades de transporte público remunerado de pasajeros y de los vehículos destinados a su prestación.
  • La inscripción en el Registro Nacional constituye un requisito indispensable para la prestación de servicios de transporte público de pasajeros, sin importar la modalidad, conforme al artículo 3º del reglamento citado.
  • El artículo 73 bis del Decreto Nº 212, de 1992, faculta el reemplazo de taxis inscritos por automóviles más nuevos, siempre que se cumplan las exigencias establecidas en la normativa.
  • Para ejercer el derecho a reemplazo de un taxi, el propietario del vehículo entrante debe acreditar que, a la fecha de inscripc...

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