Contraloría - Dictamen N° 62274 2009
Contraloría: Computabilidad de reemplazos para primer feriado en salud municipal
Abstracto
La Contraloría determina que los períodos discontinuos de reemplazo en atención primaria municipal, bajo contratos a plazo fijo, deben computarse para el cálculo del primer feriado del funcionario, aplicando la Ley N° 19.378.
Resumen
- El Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal (Ley N° 19.378), en su artículo 18, inciso primero, otorga derecho a feriado al personal con más de un año de servicio.
- El artículo 18, inciso quinto, de la Ley N° 19.378 establece que para efectos del feriado, se computarán los años trabajados en el sector público, en cualquier calidad jurídica, incluyendo establecimientos municipales, corporaciones privadas de salud y programas gubernamentales.
- El Decreto N° 1.889/95, Reglamento de la Carrera Funcionaria, artículo 4° bis, inciso cuarto, es también relevante para el cómputo de años de servicio en el sector público.
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General, plasmada en los dictámenes Nos 33.536/95 y 36.783/97, ha precisado que el tiempo laborado en los sectores i...
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