Contraloría - Dictamen N° 64198 2009

Interpretación indemnización personal de salud municipal por años de servicio

Abstracto

Dictamen aclara que la indemnización por años de servicio para el personal de salud municipal traspasado por Ley N° 20.250 solo procede bajo condiciones específicas del artículo quinto transitorio, no por el mero cambio de régimen.

Resumen

  • La Municipalidad de Alto del Carmen solicitó un pronunciamiento sobre si la indemnización por años de servicio, contemplada en el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.250, está condicionada a que los funcionarios de salud municipal cesen en sus funciones por la causal de disminución o modificación de dotación según el artículo 48, letra i) de la ley N° 19.378.
  • El artículo 1, N° 1, de la Ley N° 20.250 sustituyó el artículo 3 de la Ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, ampliando su ámbito de aplicación de modo que, desde la vigencia de dicha modificación, todo el personal de los departamentos de salud municipal se rige íntegramente por ese estatuto.
  • El inciso primero del artículo quinto transitorio de la Ley N° 20.250 establece que el cambio de régimen...

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