Contraloría - Dictamen N° 64212 2009
Contraloría determina competencia de Superintendencia en cálculo de tasa de reemplazo
Abstracto
Contraloría General de la República determina que la Superintendencia de Pensiones es la entidad competente para recabar información y calcular la tasa de reemplazo líquida para el bono de la Ley N° 20.305, según lo dispuesto en dicha ley y la Ley N° 19.880.
Resumen
- Pensionados del Sistema de AFP solicitaron a la Contraloría General de la República la revisión del cálculo de la tasa de reemplazo líquida efectuado por la Superintendencia de Pensiones para la obtención del bono de la Ley N° 20.305, argumentando que dicha tasa debería ser inferior.
- El análisis se sustenta en lo dispuesto en el artículo 3°, incisos primero y segundo, de la Ley N° 20.305, y en el artículo 14 de la Ley N° 19.880.
- El inciso primero del artículo 3° de la Ley N° 20.305 faculta al jefe superior del servicio o a la jefatura máxima correspondiente a requerir de los organismos previsionales y de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones la estimación acerca de la tasa de reemplazo líquida del trabajador.
- El inciso segundo del artículo 3° de la Ley N° 20...
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