Contraloría - Dictamen N° 58775 2010
Análisis de término anticipado de contrato a honorarios municipales
Abstracto
La Contraloría determina la legalidad del término anticipado de un contrato a honorarios municipal si se cumplió el aviso previo estipulado, sin evaluar mérito político o administrativo de la decisión.
Resumen
- Personas contratadas a honorarios por municipalidades se rigen por las reglas establecidas en sus respectivos contratos, no por las disposiciones estatutarias de funcionarios municipales.
- El artículo 4° de la ley N° 18.883 establece que las personas contratadas a honorarios por municipalidades se rigen por su contrato y no les son aplicables las disposiciones estatutarias de dicho cuerpo legal.
- Quienes prestan servicios a la Administración bajo la modalidad de honorarios no poseen la calidad de funcionarios públicos.
- La norma reguladora de la relación entre la Administración y los contratados a honorarios es el propio convenio o contrato suscrito.
- La vigencia de un contrato a honorarios se encuentra subordinada al acuerdo de las partes, conforme a su estipulación.
- El contrato a...
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