Contraloría - Dictamen N° 65812 2010

Dictamen: Término de contrato a jornal e indemnización Armada

Abstracto

La Contraloría General determinó que la Armada de Chile actuó conforme a derecho al poner término a un contrato de personal a jornal por necesidades del servicio y al no pagar la indemnización por años de servicio, dado que el Código del Trabajo no es aplicable a este personal.

Resumen

  • Una ex trabajadora a jornal de la Armada de Chile reclamó contra la decisión de poner término a su contrato sin el pago de indemnización por años de servicio.
  • La recurrente prestó servicios a la Armada de Chile como personal a jornal entre el 1 de julio de 1987 y el 1 de marzo de 2010, fecha en que se dispuso el término de su contrato por necesidades del servicio.
  • La Armada de Chile argumentó que las normas contenidas en el Código del Trabajo no son aplicables a la situación del personal a jornal.
  • El D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, faculta a los Directores del Personal y Comandante del Comando de Personal para contratar personal a jornal.
  • El personal a jornal de las Fuerzas Armadas se rige por el D.F.L. N° 1 ...

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