Contraloría - Dictamen N° 66760 2010

Dictamen Contraloría sobre infracciones al convenio Arica-Tacna y Ley Extranjería.

Abstracto

La Contraloría General aclara la aplicación de sanciones por infracciones al Convenio de Tránsito Arica-Tacna, diferenciándolas de las expulsiones bajo Ley de Extranjería y precisando las competencias de las Intendencias Regionales y la Subsecretaría del Interior.

Resumen

  • El Convenio de Tránsito de Personas en la Zona Fronteriza Chileno-Peruana de Arica y Tacna, aprobado por decreto N° 174 de 1931, define infracciones como el traspaso del límite territorial, permanencia superior a 7 días en Arica, desarrollo de labores remuneradas o fijación de domicilio en dicha ciudad.
  • Las infracciones al Convenio de Tránsito Arica-Tacna implican, según su artículo décimo, el abandono inmediato del país (dentro de 24 horas) y la prohibición temporal o definitiva de acceso a las facilidades del convenio.
  • La aplicación de las sanciones por infracciones al Convenio de Tránsito Arica-Tacna recae en la Intendencia Regional de Arica y Parinacota.
  • El artículo duodécimo del Convenio de Tránsito faculta a las autoridades de Chile y Perú para negar el ingreso o devolver al ...

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