Contraloría - Dictamen N° 69729 2010

Dictamen Contraloría: Jornada laboral y turnos en establecimientos JUNJI

Abstracto

La Contraloría determina que la modificación de la jornada laboral y los sistemas de turnos en establecimientos JUNJI, dispuesta por la Vicepresidenta Ejecutiva, no es arbitraria y se ajusta a derecho al satisfacer necesidades comunitarias y respetar límites legales.

Resumen

  • La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) es una corporación autónoma con personalidad jurídica de derecho público, creada por la ley N° 17.301.
  • El artículo 3° del decreto N° 1.574/1971 permite a la JUNJI administrar directamente establecimientos, funcionando preferentemente en jornada completa, pero autoriza la prolongación mediante sistemas de turnos para satisfacer las necesidades de la comunidad.
  • Los funcionarios de los jardines infantiles administrados por la JUNJI son funcionarios públicos, regidos por la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, conforme a las leyes N° 19.184 y N° 18.575.
  • Ni la ley N° 17.301 ni la ley N° 18.834 establecen normas específicas que fijen los horarios de inicio y término de la jornada laboral o de los turnos de personal.
  • La fijación d...

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