Contraloría - Dictamen N° 69729 2010
Dictamen Contraloría: Jornada laboral y turnos en establecimientos JUNJI
Abstracto
La Contraloría determina que la modificación de la jornada laboral y los sistemas de turnos en establecimientos JUNJI, dispuesta por la Vicepresidenta Ejecutiva, no es arbitraria y se ajusta a derecho al satisfacer necesidades comunitarias y respetar límites legales.
Resumen
- La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) es una corporación autónoma con personalidad jurídica de derecho público, creada por la ley N° 17.301.
- El artículo 3° del decreto N° 1.574/1971 permite a la JUNJI administrar directamente establecimientos, funcionando preferentemente en jornada completa, pero autoriza la prolongación mediante sistemas de turnos para satisfacer las necesidades de la comunidad.
- Los funcionarios de los jardines infantiles administrados por la JUNJI son funcionarios públicos, regidos por la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, conforme a las leyes N° 19.184 y N° 18.575.
- Ni la ley N° 17.301 ni la ley N° 18.834 establecen normas específicas que fijen los horarios de inicio y término de la jornada laboral o de los turnos de personal.
- La fijación d...
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