Contraloría - Dictamen N° 69831 2010
Dictamen sobre incapacitación temporal de concejal y devolución de dietas
Abstracto
La Contraloría determina que la suspensión del derecho de sufragio incapacita temporalmente a un concejal. Establece la obligación de devolver dietas percibidas indebidamente y la validez de los acuerdos adoptados, primando la seguridad jurídica.
Resumen
- La suspensión del derecho de sufragio, por encontrarse una persona acusada por delito que merece pena aflictiva o calificado como conducta terrorista, genera la incapacitación temporal del concejal para el desempeño de su cargo, la cual opera de pleno derecho. (Art. 16 N°2 Constitución Política, Art. 61 y 76 e) Ley 18.695).
- Durante el período de incapacitación temporal, el concejal se encuentra legalmente impedido de ejercer sus funciones, participar en las sesiones del concejo y percibir la dieta correspondiente por su asistencia a dichas sesiones. (Art. 61 y 88 Ley 18.695).
- La cancelación de la inscripción electoral del concejal Armín Avilés Arias, con fecha 15 de octubre de 2009, debido a una acusación por un delito que merecía pena aflictiva, implicó su incapacitación temporal pa...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora