Contraloría - Dictamen N° 69835 2010

Subdivisión y fusión de predios rurales: aplicación de superficie mínima

Abstracto

La Contraloría aclara que la normativa urbanística de superficie predial mínima se aplica al predio original que se subdivide y fusiona, no eximiendo este requisito al retazo restante.

Resumen

  • Se analizó una solicitud de subdivisión y fusión simultánea de predios rurales, específicamente el lote 3 de la Hijuela N° 5 de la Comunidad Avendaño Phillips, con otros dos predios.
  • La Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo informó inicialmente que la propuesta de subdivisión no cumplía con la superficie predial mínima requerida para la zona.
  • El solicitante basó su reclamo en un supuesto precedente que permitía la subdivisión si la parte del predio con superficie inferior a la mínima se fusionaba con un predio colindante.
  • Se determinó que el Lote 3 se ubica dentro del Área de Protección Prioritaria regulada por el artículo 8.3.1.4. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).
  • El PRMS establece superficies prediales mínimas de 500 hectáreas ...

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