Contraloría - Dictamen N° 1285 2011

Dictamen sobre reajustes de contrato de obra pública y fecha de pago

Abstracto

La Contraloría determina que los reajustes de contrato de obra pública se calculan con la fecha de firma del estado de pago por la autoridad, no la de ejecución, y aborda dilaciones administrativas en la tramitación.

Resumen

  • Reclamo de Constructora EDECO-TECSA Limitada sobre cálculo de reajustes aplicables al precio del contrato denominado "Construcción Puente La Puntilla de Lonquén".
  • La Dirección de Vialidad, según el contratista, no consideró la variación de los índices de reajustabilidad generada desde la ejecución de los trabajos y la presentación de los estados de pago.
  • Los pagos de la obra pública se rigen por los artículos 153 y 154 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el Decreto N°75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas.
  • El contrato se rige por el sistema de reajuste polinómico detallado en su Anexo N° 6, el cual utiliza coeficientes únicos durante toda la ejecución del contrato.
  • El Anexo N° 6, letra E, establece que los coeficientes de reajuste polinómico se ap...

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