Contraloría - Dictamen N° 1559 2011
Contraloría aclara requisito de pronunciamiento regional para régimen preferencial aduanero
Abstracto
Dictamen de la Contraloría aclara que el pronunciamiento del Consejo Regional no es necesario para empresas proveedoras de las que se acogen al régimen de la Ley 19.149, si solicitan beneficios del artículo 9º.
Resumen
- La Ley 19.149 establece un régimen preferencial aduanero y tributario para las comunas de Porvenir y Primavera, provincia de Tierra del Fuego, XII Región.
- El régimen preferencial de la Ley 19.149 beneficia a las empresas que desarrollen exclusivamente las actividades especificadas en su artículo 1º.
- El artículo 8º del Decreto N° 812, de 1992, del Ministerio de Hacienda, exige al Secretario Regional Ministerial de Hacienda recabar un pronunciamiento del Consejo Regional.
- Dicho pronunciamiento del Consejo Regional debe determinar si la empresa solicitante corresponde a un sector sobredimensionado o no prioritario dentro de las estrategias de desarrollo regional.
- El requisito de pronunciamiento del Consejo Regional es aplicable a aquellas empresas que realizan actividades directamen...
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