Contraloría - Dictamen N° 5134 2011
Cobros de mutuos por EGIS a postulantes de subsidios habitacionales
Abstracto
La Contraloría confirma que el criterio de la SEREMI de Antofagasta, al considerar que la celebración de mutuos por EGIS para cubrir trámites y estudios de propiedad vulnera la normativa y el convenio marco, es ajustado a derecho.
Resumen
- Las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) son personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin fines de lucro, que prestan servicios de asistencia técnica para proyectos habitacionales, según el artículo 2º del decreto N° 174, de 2005, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- El artículo 43 del decreto N° 174, de 2005, exige que las EGIS suscriban previamente un Convenio Marco con la SEREMI respectiva, detallando las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones para la preparación, desarrollo y ejecución de los proyectos.
- Según el inciso segundo del artículo 43 del decreto N° 174, de 2005, el SERVIU pagará a la EGIS los honorarios por los servicios de asistencia técnica, estando prohibido a la EGIS formular cobro alguno a los postulantes por dichas actividades, trámit...
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