Contraloría - Dictamen N° 5964 2011
Análisis de término anticipado de contrato a honorarios municipales
Abstracto
La Contraloría desestima reclamación por término anticipado de contrato a honorarios de ex servidor municipal, validando la facultad del municipio basada en cláusulas contractuales y Ley 18.883, aunque recomienda formalizar futuras comunicaciones.
Resumen
- Las personas contratadas a honorarios para prestar servicios a la Administración se rigen por las reglas establecidas en el contrato respectivo, y no les son aplicables las disposiciones estatutarias contenidas en cuerpos legales como la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, según lo dispuesto en su artículo 4º, inciso tercero.
- Quienes prestan servicios a la Administración bajo la modalidad de honorarios no poseen la calidad de funcionarios y la normativa que regula su relación contractual es el propio convenio, cuya vigencia se encuentra supeditada al acuerdo de las partes.
- En el caso analizado, las partes acordaron contractualmente un período de prestación de servicios entre el 1 de abril de 2010 y el 31 de diciembre del mismo año, y la municipalidad...
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