Contraloría - Dictamen N° 12581 2011
Dictamen sobre pensión no contributiva y bono extraordinario exonerados políticos
Abstracto
Analiza la procedencia de la revisión de pensiones no contributivas y el acceso a bonos extraordinarios para exonerados políticos, considerando plazos legales y compatibilidad de beneficios.
Resumen
- Pedro Segundo Aliaga Morales recibió una pensión no contributiva, otorgada mediante decreto supremo N° 1.403/1997 y posteriormente reliquidada por decreto supremo N° 8.485/1999.
- La Ley N° 19.260, en su artículo 4°, inciso tercero, autoriza la revisión de los beneficios previsionales cuando se comprueben diferencias en la liquidación o errores de cálculo.
- La misma norma, en su artículo 4°, inciso cuarto, establece un plazo perentorio de tres años para efectuar dicha revisión, contado desde el otorgamiento del beneficio o su respectivo reajuste.
- El derecho a la revisión de la pensión de Pedro Segundo Aliaga Morales se encuentra extinguido por haber transcurrido el plazo legal de tres años sin que la solicitud fuera presentada.
- El dictamen previo N° 19.344/2008 había ordenado reliqu...
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