Contraloría - Dictamen N° 16252 2011
Cumplimiento de resoluciones judiciales por autoridades y facultades fiscalizadoras de la Contraloría
Abstracto
Las resoluciones judiciales deben cumplirse sin más trámite por la autoridad requerida, sin poder calificar su legalidad, lo cual no afecta facultades fiscalizadoras de la Contraloría.
Resumen
- Las resoluciones de los tribunales de justicia deben cumplirse sin más trámite por la autoridad requerida.
- La autoridad requerida no puede calificar el fundamento, oportunidad, justicia o legalidad de las resoluciones judiciales.
- El deber de cumplimiento de las resoluciones judiciales por parte de las autoridades emana del artículo 76 de la Constitución Política de la República.
- El ejercicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República no se ve afectado por la obligación de cumplimiento de resoluciones judiciales.
- La Contraloría General de la República tomó conocimiento de sentencias dictadas en la causa RIT N° 0-399-2010 por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.
- La Contraloría General de la República también tomó conocimiento de sentenci...
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