Contraloría - Dictamen N° 22189 2011
Análisis sobre competencia municipal para aprobar rendiciones de gastos de FRIL
Abstracto
La Contraloría General determina que la aprobación de rendiciones de gastos de proyectos FRIL es competencia exclusiva del alcalde, no del concejo municipal, limitando el alcance de reglamentos regionales a aspectos procedimentales.
Resumen
- La Contraloría General de la República analizó la legalidad de un reglamento regional que exigía al concejo municipal la aprobación de rendiciones de gastos de proyectos del Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL).
- La Constitución Política de la República, en su artículo 119, delega al legislador la especificación de las funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras de los concejos municipales, y exige su acuerdo para materias como la aprobación de proyectos de inversión.
- La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM), en su artículo 65, letra a), establece que el alcalde requiere el acuerdo del concejo para aprobar los programas de inversión.
- Según el artículo 82, letra a), de la LOCM, el alcalde debe presentar al concejo, en la primera semana de octubr...
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