Contraloría - Dictamen N° 22704 2011

Procedimiento de Votación de Presupuesto Municipal por Concejo Municipal

Abstracto

La Contraloría General aclara que el presupuesto municipal debe ser aprobado por el concejo en bloque, no por partida, salvo excepciones legales, y el alcalde debe acatar la decisión del concejo.

Resumen

  • El presupuesto municipal constituye una herramienta fundamental para que la municipalidad planifique anticipadamente sus ingresos y gastos, y determine sus programas de acción para cumplir sus funciones.
  • La elaboración del presupuesto municipal y de sus posteriores modificaciones corresponde al alcalde, quien debe presentar el proyecto al concejo municipal para su aprobación.
  • La ley orgánica constitucional de municipalidades (Ley N° 18.695), en sus artículos 21, letra b); 56; y 65, letra a), regula la presentación y aprobación del presupuesto municipal.
  • El concejo municipal, conforme a los artículos 65, inciso tercero; 79, letra b); 81 y 82 de la Ley N° 18.695, debe pronunciarse sobre el proyecto de presupuesto y sus modificaciones en la forma y plazo legalmente establecidos.
  • El ...

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