Contraloría - Dictamen N° 22741 2011

Dictamen sobre cálculo de pensión no contributiva por gracia e informes de renta

Abstracto

La Contraloría General aclara que el empleo de Oficial Administrativo se asimila al grado 22 de la Escala de Sueldos para calcular pensión no contributiva por gracia, y el personal a contrata no puede usar el método especial de cálculo del DFL 338.

Resumen

  • Para efectos de establecer la pensión no contributiva por gracia, el empleo de Oficial Administrativo, grado 28 de la Escala Única de Sueldos, debe ser asimilado al grado 22 de la Escala de Sueldos de los Organismos Fiscalizadores.
  • La asimilación del grado de empleo para efectos de pensión no contributiva por gracia se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 1º del D.L. Nº 3.651, de 1981, que refleja la equivalencia del cargo servido a la época del cese de funciones.
  • El personal a contrata no tiene derecho a liquidar su pensión de acuerdo al método especial de cálculo a que se refiere el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960.
  • El presente dictamen de la Contraloría General informa sobre el cálculo de pensiones no contributivas por gracia y las rentas a considerar par...

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