Contraloría - Dictamen N° 25093 2011
Dictamen Contraloría: Patente municipal sobre actividades de inversión pasiva
Abstracto
Dictamen establece que inversión pasiva, sin producción ni servicios, no configura hecho gravado para patente municipal según DL 3063/79, pero municipios deben verificarlo y criterio está en revisión.
Resumen
- Definición de inversión pasiva: Adquisición de bienes con fines rentísticos, sea cual fuere la forma jurídica del inversionista, que no involucre la producción de bienes ni la prestación de servicios.
- Principio legal: La inversión pasiva, bajo la definición expuesta, no constituye una actividad que configure el hecho gravado para el cobro de patente municipal.
- Fundamento normativo: Este criterio se basa en el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.
- Precedente relevante: El dictamen N° 27.677, de 2010, estableció previamente que la inversión pasiva no es objeto del cobro de patente municipal.
- Solicitud del contribuyente: José Antonio Bahna Haddad solicitó a la Contraloría General un pronunciamiento para determinar si no se encontraba afecto al pago...
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