Contraloría - Dictamen N° 25759 2011
Dictamen sobre exención de patente municipal para sociedades de inversión pasiva
Abstracto
Establece que la actividad de inversión pasiva, consistente en adquirir bienes con fines rentísticos sin producir bienes ni servicios, no configura hecho gravado para patente municipal según DL 3.063/79, aunque está bajo revisión.
Resumen
- Se define la inversión pasiva como la adquisición de toda clase de bienes con fines rentísticos, independientemente de la forma jurídica que adopte el inversionista, siempre que no involucre la producción de bienes ni la prestación de servicios.
- La actividad de inversión pasiva no configura el hecho gravado para el cobro de patente municipal, según lo establecido en el artículo 23 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.
- Las sociedades dedicadas exclusivamente a la inversión pasiva, entendida como la tenencia de activos con fines de renta sin generar producción ni servicios, se encuentran exentas del pago de patente municipal.
- El presente dictamen revisa las conclusiones previas sobre la materia, en particular las contenidas en el dictamen N° 27.677 de 2010, res...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora