Contraloría - Dictamen N° 42851 2011
Interpretación sobre cancelación de fianza de fidelidad y reembolso de primas
Abstracto
La Contraloría General analiza la procedencia de cancelar una póliza de fianza de fidelidad para funcionaria pública y el reembolso de primas, aplicando normativa y jurisprudencia administrativa.
Resumen
- El artículo 68 de la Ley N° 10.336 establece la obligación para todo funcionario público que tenga a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes del Estado, de cualquiera naturaleza, de rendir caución. Esta caución tiene como propósito asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones.
- De acuerdo con el artículo 82 del mismo texto legal, la competencia para autorizar la cancelación de una póliza de fianza de fidelidad recae en el Contralor General. Este acto administrativo se realiza previa solicitud del interesado y la emisión de un informe por parte del Jefe de Servicio.
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, incluyendo dictámenes como los Nos. 62.474 de 2004 y 10.709 de 2011, ha determinado que para proce...
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