Contraloría - Dictamen N° 43546 2011

Determinación régimen previsional de obrero de Astilleros y Maestranzas de la Armada

Abstracto

Dictamen determina que el régimen previsional de Fernando Rogelio Campos Fonseca, trabajador de ASMAR, se rige por el D.L. N° 3.500/80, al haber sido contratado como obrero transitorio y de planta con posterioridad a la Ley 17.141, salvo opción transitoria.

Resumen

  • Se solicitó pronunciamiento sobre el régimen previsional que corresponde a Fernando Rogelio Campos Fonseca, trabajador de la Planta Industrial Talcahuano de Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR).
  • El D.F.L. N° 321, de 1960, en su artículo 23, inciso segundo (sustituido por D.L. N° 551, 1974, art. 5, letra b), disponía que los empleados se afiliaban a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, mientras que los obreros lo hacían al sistema de la ley N° 10.383 (ex Servicio de Seguro Social).
  • El artículo único, inciso tercero, de la ley N° 17.141 (1969) otorgó la calidad de 'empleados' para todos los efectos legales a quienes se desempeñaran en oficios como gásfiter naval, albañil refractario o calderero retubador, previa acreditación de especialidad o práctica de cinco años.
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