Contraloría - Dictamen N° 43572 2011
Derecho a Montepío de Hija Póstuma y Prescripción de Beneficios
Abstracto
La Contraloría General dictamina que la hija no matrimonial de un ex funcionario fallecido no tiene derecho a montepío, pues el plazo de prescripción de diez años para solicitarlo, contado desde el deceso, ya había expirado al momento de la declaración judicial de paternidad.
Resumen
- Una hija no matrimonial solicitó un pronunciamiento sobre su derecho a montepío en la Dirección de Previsión de Carabineros, basándose en que la paternidad de su causante, ex Coronel de Carabineros, fue declarada judicialmente con posterioridad a su fallecimiento.
- El causante, ex Coronel de Carabineros, falleció el 24 de noviembre de 1991. Su viuda recibió pensión de montepío desde esa fecha.
- Una sentencia del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, de fecha 26 de febrero de 2010, declaró que el ex servidor era el padre de la peticionaria.
- La peticionaria solicitó la pensión de montepío el 22 de septiembre de 2010, tras la sentencia que reconoció su filiación.
- El artículo 195 del Código Civil, introducido por la ley N° 19.585, permite la investigación de la paternidad o maternidad...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora