Contraloría - Dictamen N° 43572 2011

Derecho a Montepío de Hija Póstuma y Prescripción de Beneficios

Abstracto

La Contraloría General dictamina que la hija no matrimonial de un ex funcionario fallecido no tiene derecho a montepío, pues el plazo de prescripción de diez años para solicitarlo, contado desde el deceso, ya había expirado al momento de la declaración judicial de paternidad.

Resumen

  • Una hija no matrimonial solicitó un pronunciamiento sobre su derecho a montepío en la Dirección de Previsión de Carabineros, basándose en que la paternidad de su causante, ex Coronel de Carabineros, fue declarada judicialmente con posterioridad a su fallecimiento.
  • El causante, ex Coronel de Carabineros, falleció el 24 de noviembre de 1991. Su viuda recibió pensión de montepío desde esa fecha.
  • Una sentencia del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, de fecha 26 de febrero de 2010, declaró que el ex servidor era el padre de la peticionaria.
  • La peticionaria solicitó la pensión de montepío el 22 de septiembre de 2010, tras la sentencia que reconoció su filiación.
  • El artículo 195 del Código Civil, introducido por la ley N° 19.585, permite la investigación de la paternidad o maternidad...

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