Contraloría - Dictamen N° 45131 2011
Dictamen sobre cese de funciones de docente a contrata y pago de labores
Abstracto
La Contraloría General aclara que el cese de funciones de docente a contrata opera por el solo ministerio de la ley al expirar el plazo contractual, sin necesidad de notificación formal, y que deben pagarse labores efectivamente prestadas.
Resumen
- La designación de personal docente a contrata, según el artículo 25, inciso tercero, de la Ley N°19.070, es transitoria y su vigencia está supeditada al plazo fijado en el respectivo decreto.
- El artículo 72, letra d), de la Ley N°19.070 establece que la relación laboral del docente a contrata expira por el solo ministerio de la ley al término del período por el cual se efectuó el contrato.
- La interesada fue contratada por la Municipalidad de Collipulli mediante el decreto N°172, de 2010, por el período comprendido entre el 1 de abril de 2010 y el 28 de febrero de 2011.
- Al llegar la fecha de vencimiento del contrato, el 28 de febrero de 2011, operó por el solo ministerio de la ley el cese de funciones de la docente.
- El municipio no tenía la obligación de comunicar formalmente esta...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora