Contraloría - Dictamen N° 45131 2011

Dictamen sobre cese de funciones de docente a contrata y pago de labores

Abstracto

La Contraloría General aclara que el cese de funciones de docente a contrata opera por el solo ministerio de la ley al expirar el plazo contractual, sin necesidad de notificación formal, y que deben pagarse labores efectivamente prestadas.

Resumen

  • La designación de personal docente a contrata, según el artículo 25, inciso tercero, de la Ley N°19.070, es transitoria y su vigencia está supeditada al plazo fijado en el respectivo decreto.
  • El artículo 72, letra d), de la Ley N°19.070 establece que la relación laboral del docente a contrata expira por el solo ministerio de la ley al término del período por el cual se efectuó el contrato.
  • La interesada fue contratada por la Municipalidad de Collipulli mediante el decreto N°172, de 2010, por el período comprendido entre el 1 de abril de 2010 y el 28 de febrero de 2011.
  • Al llegar la fecha de vencimiento del contrato, el 28 de febrero de 2011, operó por el solo ministerio de la ley el cese de funciones de la docente.
  • El municipio no tenía la obligación de comunicar formalmente esta...

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