Contraloría - Dictamen N° 46238 2011
Dictamen sobre compatibilidad y cálculo de pensiones para exonerado político
Abstracto
Se analiza el derecho de un exonerado político a percibir pensión no contributiva y de vejez, concluyendo que son compatibles en origen, pero el monto de la pensión de vejez está limitado por ley al no poder alcanzar el mínimo legal.
Resumen
- Un ex funcionario exonerado político solicita el reconocimiento del derecho a percibir conjuntamente una pensión no contributiva de gracia y una pensión de vejez basada en imposiciones previsionales posteriores al 10 de marzo de 1990.
- El Instituto de Previsión Social (IPS) informó de una incompatibilidad entre ambos beneficios, solicitando al recurrente que eligiera entre las opciones ofrecidas.
- El solicitante obtuvo la calidad de exonerado político por decreto, lo que conllevó al otorgamiento de un abono de tiempo y una pensión no contributiva inicial.
- El monto de la pensión no contributiva de gracia del solicitante ha sido reajustado mediante decretos ministeriales posteriores.
- El derecho a la pensión de vejez se fundamenta en 10 años y 29 días de imposiciones previsionales del...
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