Contraloría - Dictamen N° 47682 2011

Análisis sobre fecha de acrecimiento de pensión de montepío en FF.AA.

Abstracto

Contraloría General confirma que el pago de pensión de montepío se ajusta a derecho al iniciar desde la fecha de solicitud, no del fallecimiento. Se aplica Art. 164 DFL N° 1.

Resumen

  • Doña Francisca del Perpetuo Socorro Urzúa Jadeja solicitó modificar la fecha de inicio de su pensión de montepío.
  • La solicitante argumentó que la pensión debió otorgarse desde el fallecimiento de su hermana (30 de noviembre de 2007) y no desde la fecha de su solicitud (22 de noviembre de 2010).
  • La solicitante indicó haber conocido el deceso de su hermana recién en noviembre de 2010 por averiguaciones propias, sugiriendo que debió ser informada por los organismos pertinentes.
  • La Caja de Previsión de la Defensa Nacional y la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas no tienen la obligación legal de comunicar a los beneficiarios los acontecimientos que afecten sus pensiones.
  • El artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional (Estatuto del Personal de las Fuerz...

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