Contraloría - Dictamen N° 50422 2011
Análisis sobre quórum y validez de acuerdos de Comisiones Médicas de Carabineros
Abstracto
La Contraloría General determina que la falta de un integrante en la Comisión Médica de Carabineros no invalida sus acuerdos, ya que el reglamento no exige quórum específico y la entidad no interviene en sus informes.
Resumen
- La Comisión Médica Central de Carabineros de Chile es competente para examinar la capacidad física de los funcionarios y determinar su aptitud para permanecer en el servicio o la clase de invalidez, conforme al artículo 73 del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
- Se solicitó la invalidación de resoluciones de la Comisión Médica Central que declararon la salud de un exfuncionario como incompatible con el servicio institucional.
- El Reglamento de las Comisiones Médicas, aprobado por Decreto N° 4, de 1988, del Ministerio de Defensa Nacional, no contempla norma alguna que exija un quórum determinado para el funcionamiento de dicho cuerpo médico colegiado.
- Dada la ausencia de una norma que fije un quórum, se puede colegir que l...
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