Contraloría - Dictamen N° 52888 2011
Dictamen sobre límites de descuentos en pensiones de retiro y obligaciones voluntarias
Abstracto
La Contraloría General aclara que descuentos voluntarios en pensiones de retiro solo son permitidos si derivan de deudas autorizadas o pactos, pudiendo exceder el 50% si la regulación no lo impide.
Resumen
- El presente dictamen aborda el reclamo de un pensionado, Nelson Volta Rozas, quien alega que la Dirección de Previsión de Carabineros le efectúa descuentos de su pensión de retiro que exceden el cincuenta por ciento.
- El artículo 79 del D.F.L. N° 2, de 1968 (Estatuto del Personal de Carabineros de Chile) autoriza a deducir de las pensiones de retiro y montepíos las deudas contraídas con la Dirección de Previsión y otros descuentos expresamente establecidos por ley.
- El artículo único de la ley N° 18.108 faculta al General Director de Carabineros para fijar y modificar los montos máximos de descuentos sobre las planillas de pago del personal, en favor de entidades como cooperativas, mutuales, aseguradoras y servicios médicos o de bienestar.
- Dicha facultad, respecto a los beneficiarios...
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