Contraloría - Dictamen N° 53526 2011
Dictamen sobre financiamiento de canalización subterránea de líneas eléctricas
Abstracto
Dictamen aclara que la Ordenanza de Las Condes no obliga a un particular a asumir el costo de canalización subterránea de líneas eléctricas, salvo que exista un decreto alcaldicio que así lo imponga.
Resumen
- Una empresa inmobiliaria reclamó que una ordenanza municipal la obligaba a cubrir el costo de la canalización subterránea de líneas eléctricas para su proyecto, argumentando que dicha obligación correspondía a la municipalidad.
- El artículo 124 del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006 (LGSE), permite a los alcaldes decretar la canalización subterránea de líneas de distribución eléctrica existentes.
- Según el artículo 124 de la LGSE, el concesionario puede exigir a la Municipalidad un aporte financiero reembolsable por el costo de la canalización subterránea, deducido el valor de los materiales de línea aérea que se retiren.
- El cumplimiento del decreto alcaldicio que disponga la medida de canalización subterránea está condicionado a la entrega del aporte municipal correspond...
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