Contraloría - Dictamen N° 54407 2011
Cálculo de indemnización por cese de alto directivo público y tiempo servido
Abstracto
Dictamen aclara que para calcular la indemnización de un alto directivo público cesado antes de 2010, debe considerarse todo el tiempo servido en la institución, no solo el de titularidad.
Resumen
- El presente dictamen aborda la solicitud de pronunciamiento sobre el cálculo de una indemnización para un ex funcionario que se desempeñó como alto directivo público.
- La normativa que rige la indemnización en comento es, principalmente, el artículo quincuagésimo octavo de la Ley N° 19.882, que establece el derecho a ella para los altos directivos públicos al cesar en sus funciones bajo ciertas causales (renuncia voluntaria antes de plazo, término de período sin renovación).
- El artículo 154 de la Ley N° 18.834 (antes artículo 148) estipula que la indemnización será equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el último mes, por cada año de servicio en la institución, con un máximo de seis años.
- Antes de la emisión de los dictámenes N° 34.842 y N° 69.725 de 2010, la juris...
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