Contraloría - Dictamen N° 54679 2011

Dictamen sobre abono tiempo por gracia en pensión de retiro normal

Abstracto

La Contraloría General determinó que el abono de tiempo por gracia, establecido en la ley 19.234, no es aplicable para reliquidar pensiones de retiro bajo el régimen previsional normal, sino solo para pensiones no contributivas específicas.

Resumen

  • Solicitud de reliquidación de pensión: Don Ernesto Augusto Galaz Guzmán, ex Comandante de Grupo de la FACH y exonerado político, solicitó reliquidar su pensión de retiro para incorporar el abono de tiempo por gracia (Art. 4, Ley 19.234) en sus trienios y sueldos superiores.
  • Alcance del Dictamen N° 52.301/2008: Dicho dictamen estableció la validez del abono de tiempo por gracia para calcular sueldos superiores, trienios y asignación al grado efectivo en pensiones de retiro no contributivas de ex imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
  • Interpretación de la Contraloría sobre aplicabilidad: El beneficio del abono de tiempo por gracia solo es aplicable a jubilaciones no contributivas de retiro otorgadas a ex imponentes de...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora