Contraloría - Dictamen N° 55238 2011

Dictamen Contraloría: Control de legalidad y liquidación de contratos de obras públicas

Abstracto

La Contraloría confirma que el control preventivo de legalidad sobre actos administrativos es facultad exclusiva y excluyente, no inhabilitada por juicios civiles, y que la liquidación de contratos es un procedimiento unilateral de la Administración.

Resumen

  • La Contraloría General de la República ejerce facultades exclusivas y excluyentes de control preventivo de legalidad sobre decretos y resoluciones afectos a trámite de toma de razón.
  • El conocimiento de un asunto por los tribunales de justicia no inhabilitará a la Contraloría para ejercer sus facultades de control preventivo de legalidad.
  • Las sedes regionales de la Contraloría General están facultadas para efectuar el control preventivo de legalidad, en virtud de las atribuciones fijadas en la resolución 411/2000.
  • La 'toma de razón' constituye un pronunciamiento que emite la Contraloría respecto de la adecuación o conformidad de un acto administrativo al ordenamiento jurídico.
  • La abstención de una Sede Regional de pronunciarse sobre alegaciones por incidir en un juicio civil no im...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora