Contraloría - Dictamen N° 55238 2011
Dictamen Contraloría: Control de legalidad y liquidación de contratos de obras públicas
Abstracto
La Contraloría confirma que el control preventivo de legalidad sobre actos administrativos es facultad exclusiva y excluyente, no inhabilitada por juicios civiles, y que la liquidación de contratos es un procedimiento unilateral de la Administración.
Resumen
- La Contraloría General de la República ejerce facultades exclusivas y excluyentes de control preventivo de legalidad sobre decretos y resoluciones afectos a trámite de toma de razón.
- El conocimiento de un asunto por los tribunales de justicia no inhabilitará a la Contraloría para ejercer sus facultades de control preventivo de legalidad.
- Las sedes regionales de la Contraloría General están facultadas para efectuar el control preventivo de legalidad, en virtud de las atribuciones fijadas en la resolución 411/2000.
- La 'toma de razón' constituye un pronunciamiento que emite la Contraloría respecto de la adecuación o conformidad de un acto administrativo al ordenamiento jurídico.
- La abstención de una Sede Regional de pronunciarse sobre alegaciones por incidir en un juicio civil no im...
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