Contraloría - Dictamen N° 55624 2011
Pago íntegro de desahucio municipal conforme a Ley 7390 por Contraloría
Abstracto
La Contraloría establece que la falta de fondos inmediatos de un municipio no exime el pago íntegro del desahucio legalmente adeudado, el cual debe ser pagado en una sola cuota según la Ley 7390.
Resumen
- Hecho: Reclamo de exfuncionarios municipales de San Joaquín por el pago íntegro del desahucio adeudado por el municipio.
- Normativa base desahucio: El derecho al desahucio para obreros municipales cesantes se rige por la Ley N° 7.390, sustituida por la Ley N° 11.531 y modificada por la Ley N° 17.902.
- Cálculo del desahucio: El beneficio corresponde a 30 días de jornal por cada año de servicio o por fracción de tiempo no inferior a seis meses.
- Obligación municipal del desahucio: El pago del desahucio es de cargo exclusivo de los municipios, los cuales deben contemplar las sumas necesarias en sus presupuestos. (Artículo 2° de la Ley N° 7.390).
- Alegación municipal: La Municipalidad de San Joaquín argumentó falta de disponibilidad financiera inmediata para pagar el beneficio en un solo...
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