Contraloría - Dictamen N° 55651 2011

Anotaciones de mérito y registro de hoja de vida de funcionarios públicos

Abstracto

Este dictamen aclara el procedimiento para las anotaciones de mérito en la hoja de vida de funcionarios, que pueden ser ordenadas por jefes directos o solicitadas por el empleado, estableciendo plazos y formalidades para la comunicación de rechazos.

Resumen

  • La hoja de vida de un funcionario es el registro de todas sus actuaciones, tanto destacadas como reprochables, ocurridas durante el período de calificaciones.
  • La oficina de personal de la institución es responsable de llevar la hoja de vida de cada funcionario, debidamente foliada.
  • Las anotaciones de mérito o demérito en la hoja de vida son dispuestas por escrito por el jefe directo del funcionario.
  • Los funcionarios pueden solicitar a su jefe directo que se incorporen anotaciones de mérito en su hoja de vida, si las estiman procedentes.
  • Si el jefe directo rechaza una solicitud de anotación de mérito, debe comunicarlo por escrito a la unidad de personal en un plazo de cinco días, adjuntando los fundamentos.
  • El incumplimiento del plazo de cinco días por parte del jefe directo par...

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