Contraloría - Dictamen N° 56311 2011

Derechos de funcionario con salud irrecuperable y declaración de vacancia de cargo

Abstracto

Dictamen analiza el derecho de un funcionario a no trabajar y mantener remuneración tras declararse su salud irrecuperable, supeditando el inicio del plazo a la notificación oficial de la resolución.

Resumen

  • El artículo 152, inciso segundo, de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) establece que un funcionario declarado con salud irrecuperable no está obligado a trabajar y gozará de todas sus remuneraciones durante seis meses desde la notificación de dicha declaración, las cuales serán de cargo del empleador.
  • El artículo 150 del Estatuto Administrativo prescribe que la declaración de vacancia de un cargo procederá por salud declarada irrecuperable o incompatible con el desempeño del puesto.
  • El artículo 146 de la Ley N° 18.834 define la declaración de vacancia del cargo como una causal de cese de funciones para los funcionarios públicos.
  • La declaración de vacancia de un cargo por motivos de salud incompatible requiere la previa existencia de una declaración formal de irrecuperabilid...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora