Contraloría - Dictamen N° 57961 2011
Interpretación sobre aviso previo en término de contratos a honorarios municipales
Abstracto
Dictamen aclara que cláusula de aviso previo para término de contratos a honorarios municipales es innecesaria, bastando la decisión administrativa pura y simple comunicada al afectado.
Resumen
- Las personas contratadas a honorarios se rigen por las reglas que establezca el contrato, no siéndoles aplicables las disposiciones estatutarias de la ley N° 18.883, según lo dispuesto en su artículo 4º, inciso tercero.
- Las cláusulas estipuladas en contratos a honorarios para servicios municipales pueden prever el término anticipado del mismo por incumplimiento de tareas acordadas o cuando los servicios dejen de ser necesarios.
- Se analizó la legalidad de una cláusula contractual que obligaba a la Administración a entregar un aviso previo con una antelación determinada en caso de poner término a los servicios del prestador a honorarios.
- La Contraloría General ha precisado en dictámenes anteriores (N°s. 32.868/2010 y 36.594/2011) que una cláusula estipulada en contratos a honorarios ...
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