Contraloría - Dictamen N° 57963 2011
Efectos del despido de funcionario público y pago de cotizaciones previsionales
Abstracto
El despido de un funcionario público solo surte efectos si el empleador acredita el pago de cotizaciones previsionales, debiendo seguirse procedimientos específicos en caso de mora o error administrativo.
Resumen
- El despido de un funcionario público afecto al Código del Trabajo solo producirá efectos cuando el Servicio informe por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales.
- El empleador debe informar por escrito al trabajador el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando comprobantes.
- La falta de acreditación del pago de cotizaciones previsionales por parte del empleador impide que el despido produzca su efecto legal de término del contrato de trabajo.
- En caso de no acreditarse el pago de las imposiciones morosas, el empleador puede convalidar el despido pagando dichas cotizaciones, lo cual debe comunicar mediante carta certificada.
- El empleador, tras convalidar el despido, debe pagar al trab...
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