Contraloría - Dictamen N° 58899 2011

Contraloría General: Silencio positivo no procede en constitución de derechos de agua

Abstracto

La Contraloría General de la República rechaza la reconsideración solicitada, reafirmando que el principio de silencio positivo no es aplicable a la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas, dado que este procedimiento es reglado y requiere una resolución expresa.

Resumen

  • El dictamen N° 48.940 concluyó previamente que el silencio positivo, regulado en el artículo 64 de la Ley N° 19.880, no es aplicable a la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas.
  • La solicitud de reconsideración fue interpuesta por las sociedades SCM Negreiros, SCM Cala-Cala y SCM Soledad, respecto del dictamen N° 48.940 de 2004.
  • El recurrente argumenta que el silencio positivo sí sería aplicable a la fase de resolución final del procedimiento de constitución de derechos de agua, aunque reconozca su aplicabilidad en la acreditación de requisitos previos.
  • La Contraloría General recuerda que el procedimiento de constitución de derechos de aprovechamiento de aguas tiene por finalidad la dictación de un acto administrativo que resuelva la solicitud, previa comprobación de l...

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