Contraloría - Dictamen N° 58972 2011

Contraloría rechaza reliquidación retroactiva de pensión por invalidez sin solicitud oportuna

Abstracto

La Contraloría General determinó que no procede reliquidar retroactivamente una pensión de retiro por invalidez desde la fecha de cese si no se solicita dentro del plazo legal de un año, procediendo el pago solo desde la fecha de la solicitud.

Resumen

  • Juan Octavio Sumonte González, ex Cabo 2º de la Fuerza Aérea de Chile, solicitó la revisión y reliquidación de su pensión de retiro.
  • El recurrente buscaba que su pensión se modificara de la causal de cese original a la de invalidez de segunda clase, con efecto retroactivo a la fecha de su licenciamiento de la institución.
  • La solicitud de reliquidación se fundamentaba en padecer una enfermedad invalidante de carácter permanente, diagnosticada por la Comisión de Sanidad.
  • El artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, dispone que las pensiones de retiro y montepío, así como sus reajustes, acrecimientos, modificaciones o aumentos, que no se solicitaren dentro del plazo de un año desde que se hicieren exigibles, solo se pagarán desde la fecha de la respect...

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