Contraloría - Dictamen N° 59796 2011
Facultad municipal para pactar viáticos en contratos de trabajo de funcionarios
Abstracto
La Contraloría General establece que las municipalidades pueden pactar viáticos en contratos de trabajo de funcionarios para gastos de desplazamiento, y también resarcir gastos no pactados si están autorizados y acreditados, evitando enriquecimiento indebido.
Resumen
- El Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley N° 18.883), en su artículo 3°, dispone que el personal que se desempeña en servicios traspasados desde organismos públicos y administrados por la municipalidad se rige por el Código del Trabajo.
- El personal regido por el Código del Trabajo está sujeto a sus disposiciones y legislación complementaria, las cuales constituyen mandatos imperativos para la autoridad administrativa, obligándola a respetarlos y a otorgar los beneficios establecidos, sin conferir derechos superiores o inferiores a los legales.
- El Código del Trabajo, por sí solo, no contempla el derecho a viático.
- No obstante, el artículo 10, N° 7, del Código del Trabajo permite que los contratos de trabajo estipulen "demás pactos que acordaren las partes", habil...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora