Contraloría - Dictamen N° 69825 2011

Cobro de patente municipal: ejercicio efectivo vs. objeto social

Abstracto

Contraloría aclara que el cobro de patente municipal requiere acreditar el ejercicio efectivo de una actividad gravada, no bastando la sola consideración del objeto social.

Resumen

  • Alfrut Sociedad Agrícola y Comercial Limitada reclamó contra la Municipalidad de Providencia por el cobro de patente municipal.
  • El municipio basó el cobro en el objeto social de la compañía, el cual incluía actividades financieras, y no en el ejercicio efectivo de dichas actividades.
  • Alfrut alegó que solo realizaba inversiones de carácter pasivo, lo cual, según su criterio, no constituía una actividad gravada con patente municipal.
  • El Artículo 23 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que el ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa está sujeta a una contribución de patente municipal.
  • El Artículo 24 del mismo cuerpo legal precisa que dicha patente grava la actividad que se ejerce por un mism...

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