Contraloría - Dictamen N° 70451 2011

Derecho de concejales a obtener información municipal y sus límites

Abstracto

La Contraloría establece que el derecho de los concejales a obtener información municipal debe ser ejercido sin entorpecer la gestión, y las denegaciones deben ser siempre fundadas y razonadas, complementando criterio previo.

Resumen

  • El principio general de la transparencia en el ejercicio de la función pública, consagrado en el artículo 13, inciso segundo, de la Ley N° 18.575, permite y promueve el conocimiento de los procedimientos, contenidos y fundamentos de las decisiones adoptadas.
  • El concejo, como órgano fiscalizador, debe contar con los antecedentes necesarios para el desarrollo eficaz de la fiscalización que le ha sido encomendada por el legislador.
  • La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, contempla diversos mecanismos para que el concejo y sus integrantes accedan a la información requerida para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras.
  • El artículo 79, letra h), de la Ley N° 18.695 faculta a cualquier concejal para citar o pedir información, a través del alcalde, a los organ...

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